UBICACIÓN DE LOS AFROCOLOMBIANOS
La mayor parte de la población afrocolombiana hace parte de comunidades
agrarias ubicadas en zonas cálidas, selváticas, o a orillas de los ríos
de algunos valles y en las costas. La ubicación de la población
afrocolombiana en Colombia muestra una gran concentración en las zonas
costeras de la región del Pacífico (departamentos de Chocó, Valle del
Cauca, Cauca y Nariño) y del Caribe (departamentos de Guajira,
Magdalena, Atlántico, Bolívar, Córdoba, Cesar, Sucre, Antioquia). Caribe
(departamentos de Guajira, Magdalena, Atlántico, Bolívar, Córdoba,
Cesar, Sucre, Antioquia). (*)
Esta población también se encuentra ubicada en las regiones cálidas de
los valles de los ríos Magdalena, Cauca, San Jorge, Sinú, Cesar, Atrato,
San Juan, Baudó, Patía y Mira. Además existen algunos enclaves de
antiguos palenques, haciendas, minas, o plantaciones bananeras y centros
petroleros en casi todas las regiones del país.
La mayor parte de la bibliografía existente señala como un punto
importante de ubicación de afrocolombianos el departamento conformado
por las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, zona de
asentamiento del pueblo raizal. No obstante, existe una controversia
interna pues algunos voceros raizales señalan no identificarse como
afrocolombianos dadas las particularidades históricas de su conformación
étnica y cultural.
En términos culturales, el Departamento Nacional de Planeación habla de
las siguientes "áreas socioculturales de comunidades negras" : Costa
Atlántica, Litoral pacifico, Chocó, Atrato medio, Zona minera de
Antioquia, Magdalena, Medio, Valle del Cauca, Valle del Patía, Urabá,
San Andrés y providencia, Orinoquía y Eje cafetero.
El Litoral Pacífico es una de las más importantes áreas socioculturales
de comunidades afrocolombianas, de ahí que los aspectos centrales de
este escrito se centren en los estudios realizados en esta zona.
http://afrodecendientes.galeon.com/cvitae1328682.html
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jueves, 6 de marzo de 2014
ACLARANDO CONCEPTOS
ETNOEDUCACION
La Ley General de Educación en su Título III Capitulo 3 Educación para grupos étnicos, define la etnoeducación: ”Se entiende por educación para grupos étnicos lo que se ofrece a grupos o comunidades que integran la nacionalidad y que poseen una cultura, una lengua, unas tradiciones, unos fueros propios y autóctonos”.
LA POBLACIÓN AFROCOLOMBIANA
La población africana colombiana o afrocolombiana corresponde a las comunidades descendientes de las personas africanas esclavizadas por los españoles y las comunidades cimarronas que conquistaron su libertad, entre 1510 y 1852. Son africanas por su ancestro genético, étnico, cultural y espiritual, asumiendo la africanidad como un valor personal y de la sociedad colombiana.
La población afrocolombiana surgió con la expedición en 1851 de la Ley de libertad de los esclavos, que abolió legalmente la esclavitud y la esclavización de personas en Colombia. Los ex esclavos, los cimarrones y sus descendientes quedaron en el país como ocupantes de hecho más no en derecho y con derechos. Quedaron ocupando el territorio pero ilegales, por haber sido excluidos del ordenamiento jurídico republicano y del Estado de Derecho, e ignorados en las leyes como sujetos jurídicos con derechos étnicos y ciudadanos especiales.
Siendo pobladores de hecho del territorio patrio quedaron en un limbo jurídico, sin ciudadanía, durante 70 años y, poco a poco, según los intereses políticos dominantes se fueron integrando al proyecto de Nación, en un proceso espontáneo que duró desde 1852 hasta 1991, cuando por primera vez en la historia jurídica de la República de Colombia, la Constitución Política les menciona y reconoce como sujetos jurídicos con derecho de diferenciación positiva, con la denominación de comunidades negras.
La población afrocolombiana surgió con la expedición en 1851 de la Ley de libertad de los esclavos, que abolió legalmente la esclavitud y la esclavización de personas en Colombia. Los ex esclavos, los cimarrones y sus descendientes quedaron en el país como ocupantes de hecho más no en derecho y con derechos. Quedaron ocupando el territorio pero ilegales, por haber sido excluidos del ordenamiento jurídico republicano y del Estado de Derecho, e ignorados en las leyes como sujetos jurídicos con derechos étnicos y ciudadanos especiales.
Siendo pobladores de hecho del territorio patrio quedaron en un limbo jurídico, sin ciudadanía, durante 70 años y, poco a poco, según los intereses políticos dominantes se fueron integrando al proyecto de Nación, en un proceso espontáneo que duró desde 1852 hasta 1991, cuando por primera vez en la historia jurídica de la República de Colombia, la Constitución Política les menciona y reconoce como sujetos jurídicos con derecho de diferenciación positiva, con la denominación de comunidades negras.
http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/sociologia/estudiosafro/estudiosafro3.htm
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